No es la "Chacha"

Por: Ro Abad

La chacha, la muchacha, la sirvienta, la señora que me ayuda…les ponemos mil nombres que no se escuchan nada bien. El término correcto es trabajadora doméstica, o aún mejor trabajadora del hogar, pues esto quita cualquier rasgo discriminatorio a este valioso trabajo.

De acuerdo con la Organización Internacional del Trabajo el trabajo doméstico se define por estos tres puntos:

(a) la expresión trabajo doméstico designa el trabajo realizado en un hogar u hogares o para los mismos;

(b) la expresión trabajador doméstico designa a toda persona, de género femenino o género masculino, que realiza un trabajo doméstico en el marco de una relación de trabajo;

(c) una persona que realice trabajo doméstico únicamente de forma ocasional o esporádica, sin que este trabajo sea una ocupación profesional, no se considera trabajador doméstico.

Primero habría que decir que el trabajo doméstico de acuerdo con el inciso a) y la c) se refiere a las tareas que normalmente se realizan en casa, no solo las personas que ayudan sino las propias amas de casa, los hombres o en general las personas que hagan estas actividades sin recibir remuneración por ello.

La b) ya define a las personas que les pagan por hacer estas actividades como su trabajo, es decir, reciben un ingreso por eso. Se crea una relación trabajador-patrón, aunque muchas veces no se quiere ver así.

 

En todos los casos la mayoría de las que realizan el trabajo doméstico son mujeres, las campañas en todas partes se han enfocado a que el trabajo en el hogar lo hagan también los hombres y otros integrantes de la familia. Por lo que se refiera al trabajo remunerado todavía no hay más que pocos de personal de limpieza empresarial donde lo realizan hombres, falta mucha difusión.

Hay quienes prefieren llamarles trabajadores (as) del hogar en lugar de domésticos porque consideran que la palabra doméstico es discriminatoria. Pero lo importante es el reconocimiento a su labor pues históricamente no ha sido reconocida pues se ha considerado una ocupación propia de las mujeres.

Según CONAPRED, trabajan hasta doce horas sin descanso, sobre todo si están viviendo en la misma casa en la que laboran, antes sin ningún tipo de protección y dejando a decisión del patrón el nivel de prestaciones que se le daba.

Actualmente y después de la creación de sindicatos, asociaciones, y grupos de trabajadoras del hogar que han realizado muchas acciones y hoy se ha ganado mucho terreno en el reconocimiento de los derechos como cualquier otro empleo.

La Suprema Corte de Justicia de la Nación declaro que existía discriminación al no dar seguridad social obligatoria a estas personas. Se ordenaron reformas a la Ley Federal del Trabajo y la Ley del Instituto Mexicano del Seguro Social para que se pudieran inscribir en lo que se vuelve obligatorio que los empleadores y empleadoras lo hagan. En diciembre de 2019, se ratificó el Convenio 189 de la OIT donde se compromete al Estado mexicano a reconocer dichos derechos.

Algunos derechos que tienen los y las personas trabajadoras domesticas son:

  • Tener un contrato de trabajo por escrito estableciendo las condiciones en las que se ocuparán
  • Tener una jornada de 8 horas diarias máximo que se puede extender 3 horas diarias más siempre que no sea mas de tres veces a la semana y se paguen al 100%
  • Obtener un salario y trabajo digno, es decir una remuneración justa y que también no sean víctimas de malos tratos, discriminación y tengan seguridad e higiene en sus lugares de trabajo.
  • Días de descanso 1 por cada 6 mas los oficiales.
  • Seguridad social (ahora ya hay muchos planes para que los patrones puedan hacerlo)
  • Derecho a vacaciones y aguinaldo.

Por supuesto que falta mucho trabajo de reconocimiento y voluntad patronal, pero por eso hay muchas instituciones que te pueden asesorar si eres patrón o si eres trabajador (a) doméstico. ¿Y tu como respetas los derechos de tu trabajadora del hogar? ¿Ya viste que derechos tienen y los has respetado?

  • Centro de Apoyo y Capacitación para Empleadas del Hogar https://caceh.org.mx/ Antonio Caso 86, col. San Rafael, demarcación territorial Cuauhtémoc, 06500 Ciudad de México. 55 1066 2703.
  • Sindicato Nacional de Trabajadores y Trabajadoras del Hogar https://sinactraho.org.mx/ Calle Serapio Rendón 71, 2o. piso, colonia

San Rafael, demarcación territorial Cuauhtémoc, 06740 Ciudad de México.

91 31 90 97

  • Comisión de Derechos Humanos de la Ciudad de México

Av. Universidad 1449, col. Pueblo de Axotla, demarcación territorial Álvaro Obregón,01030 Ciudad de México. 5229 5600.

  • Procuraduría Federal de la Defensa del Trabajo (Profedet) Dr. Vértiz 211, col. Doctores, demarcación territorial Cuauhtémoc, 06720 Ciudad de México. 5998 2000, Exts.: 44782, 83, 85, 86, 87, 88, 89, 90 y 91. 01 800 717 2942 y 800 911 7877

 

Referencias

www.ilo.org  (Organización Internacional del Trabajo)

CONAPRED

Ley Federal del Trabajo

 

 

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